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Depósito en subastas del BOE: cuánto es y cuándo se devuelve

Cuánto depósito piden las subastas judiciales y de Hacienda, cómo se ingresa en el Portal y cuándo se devuelve o se pierde. Con ejemplos de importes.

Actualizado el 7 de octubre de 2026 · 6 min de lectura

En esta guía

El depósito es una garantía que ingresas a través del Portal de Subastas para poder pujar, y su importe depende del tipo de subasta: en las judiciales de procedimientos iniciados desde abril de 2025 es el 20 % del valor de subasta (mínimo 1.000 euros), en las judiciales anteriores el 5 %, y en las de Hacienda el 5 % del tipo si hay un inmueble. Si no ganas, lo recuperas. Si ganas, cuenta como parte del precio. Si ganas y no pagas el resto, lo pierdes.

Información general, no asesoramiento jurídico. Revisado en octubre de 2026. El porcentaje aplicable depende de cuándo se inició el procedimiento y de lo que decida la autoridad gestora: la cifra que manda es la de la ficha y el edicto de tu subasta.

Cuánto hay que consignar

Tipo de subasta Importe del depósito Se calcula sobre Base legal
Judicial, procedimiento iniciado después del 3 de abril de 2025 20 %, con mínimo de 1.000 €; el letrado puede elevarlo o reducirlo Valor de subasta Art. 669.1 LEC
Judicial, procedimiento anterior 5 % Valor de subasta Art. 669.1 LEC, redacción anterior a la reforma
Hacienda (Agencia Tributaria) 5 % si hay algún inmueble; 10 % si solo hay muebles Tipo de subasta Art. 103 bis del Reglamento General de Recaudación
Seguridad Social Lo fija el anuncio de cada subasta; en los de inmuebles de su propiedad publicados en el BOE en 2026, una garantía del 5 % del tipo de licitación Tipo de licitación Anuncio de la subasta y Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social
Notarial y otras administrativas El que indique la ficha Según la subasta Su normativa específica

La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley Orgánica 1/2025, con efectos desde el 3 de abril de 2025) subió el depósito judicial del 5 % al 20 % para que incumplir el compromiso de pago salga caro, y se aplica solo a los procedimientos iniciados después de esa fecha. Por eso hoy conviven dos regímenes: al preparar esta guía revisamos fichas de subastas judiciales de vivienda abiertas en la provincia de Alicante y todas las que miramos mostraban un 5 % del valor de subasta, porque son ejecuciones anteriores a la reforma. Es de esperar que aparezcan depósitos del 20 % según lleguen a subasta las ejecuciones más recientes. En Piso Radar ves el depósito de cada subasta, pero la fuente definitiva es siempre la ficha del Portal.

Ejemplo con cifras inventadas sobre un valor de subasta (o tipo) de 100.000 €:

  • Judicial de un procedimiento anterior a la reforma: 5.000 €.
  • Judicial de un procedimiento posterior: 20.000 €.
  • Hacienda, con un inmueble: 5.000 €.
  • Un valor de subasta de 4.000 € en una judicial nueva: el 20 % serían 800 €, así que se aplica el mínimo de 1.000 €.

El letrado de la Administración de Justicia puede ajustar el porcentaje según las circunstancias, y si la subasta tiene varios lotes con adjudicación independiente, cada lote tiene su propio depósito. Solo están exentos los postores que la autoridad gestora identificó con su NIF al dar de alta la subasta, como el ejecutante o los acreedores (art. 647.2 LEC).

Cómo se ingresa

  • Solo desde el Portal. Debes estar registrado y entrar con tu usuario. No hay ingreso en el juzgado, por transferencia libre ni con otro medio.
  • Con una cuenta tuya. Tienes que ser titular o autorizado de una cuenta en una entidad colaboradora de la pasarela de pagos de la Agencia Tributaria. No sirven las cuentas que necesiten la firma de varios titulares. Si es la cuenta de una sociedad, debes ser representante autorizado e indicarlo en la pantalla.
  • Con margen. Puedes hacerlo durante los veinte días de pujas, pero el Portal recomienda más de un día de antelación, porque depende de sistemas de terceros.
  • El mismo usuario deposita y puja. Si pujas por otra persona, lo indicas al pujar, no al depositar.
  • Varios depósitos iguales. La pasarela solo devuelve uno de un mismo importe por día; los demás llegan automáticamente en días sucesivos.

Cuándo se devuelve

Situación Qué pasa con tu depósito
No ganas y no reservaste postura Se devuelve al concluir el período de pujas
No ganas y reservaste postura Queda retenido hasta que la autoridad gestora adjudique y comunique el final al Portal. En las judiciales, el letrado ordena la devolución cuando el mejor postor consigna la diferencia (art. 670.8 LEC)
La subasta se cancela Se devuelve en el momento de la cancelación
La subasta se suspende Se retiene. En las judiciales, si la suspensión supera quince días naturales, la subasta se cancela y se devuelven los depósitos; si no, se reanuda por el tiempo que reste (art. 649.2 LEC)
El deudor presenta a un tercero que mejora la oferta Se ordena la devolución inmediata del depósito del mejor postor (art. 670.4 LEC)
Ganas Se descuenta del precio: pagas solo la diferencia

La devolución se hace a quien constituyó el depósito, haya pujado por sí o en nombre de otro (art. 652.2 LEC). Para ver su estado entra en «Mi perfil» y abre la pestaña «Mis depósitos».

La reserva de postura: seguridad a cambio de tener el dinero parado

Cuando haces tu primera puja, el Portal te pregunta si aceptas reservar postura. Si aceptas y no ganas, tu depósito sigue retenido tras el cierre: si el ganador no paga, la adjudicación puede pasar a ti si se cumplen las condiciones legales (art. 652 LEC). Si no aceptas, tu dinero vuelve al terminar el plazo, pero ya no cuentas como suplente. La reforma de 2025 insiste en que el letrado devuelva cuanto antes los depósitos con reserva, pero el Portal no puede prometerte una fecha: la adjudicación depende de la autoridad gestora, a la que debes preguntar si dudas.

Cuándo se pierde

  1. Eres el mejor postor y no pagas el resto en plazo. En las judiciales el depósito se aplica a los fines de la ejecución (arts. 653 y 670.4 LEC). En las de Hacienda se aplica a cancelar la deuda, y además puedes responder de los perjuicios que cause tu impago (arts. 101.4 y 104 bis del Reglamento de Recaudación).
  2. Pujaste en nombre de otro y no acreditas la representación. En las judiciales tienes tres días tras concluir la subasta; si no lo haces y el representado no ratifica, pierdes el depósito (art. 647.1 LEC).
  3. Eres el tercero que presentó el deudor para mejorar la oferta y no pagas en diez días (art. 670.3 LEC).

Un matiz: si el depósito perdido supera lo necesario para cubrir la deuda y los gastos, el sobrante se entrega a quien lo constituyó (art. 653.2 LEC), pero no cuentes con ello. Y nunca pierdes el depósito solo por no ganar, ni cuando la subasta queda sin efecto porque el deudor paga y libera el bien (art. 670.7 LEC).

Cómo evitar perder el depósito

  • Ten la financiación hablada antes de pujar. Pagar el resto en veinte o quince días no deja margen para improvisar; mira hipoteca para comprar en subasta. En las judiciales puedes pedir el testimonio del decreto de aprobación del remate para constituir la hipoteca antes de pagar, y esa petición suspende el plazo (art. 670.6 LEC).
  • Apunta las fechas. Cierre, plazo para pagar el resto y plazo para acreditar representación.
  • Lee cargas y ocupación antes de pujar, no después. Repasa errores comunes al pujar.
  • Calcula el coste total, no solo la puja: gastos al comprar en subasta.

Siguiente paso

Preguntas frecuentes

¿Cuánto hay que depositar para pujar en una subasta judicial?

En procedimientos iniciados después del 3 de abril de 2025, el 20 % del valor de subasta, con un mínimo de 1.000 euros, aunque el letrado puede modificar el porcentaje. En los procedimientos anteriores era el 5 %. El importe exacto está en el campo «Importe del depósito» de la ficha.

¿Y en las subastas de Hacienda?

El Reglamento General de Recaudación exige el 5 % del tipo de subasta si hay algún inmueble y el 10 % si solo hay bienes muebles. Las de la Seguridad Social tienen su propio sistema, con ofertas en sobre cerrado.

¿Cuándo me devuelven el depósito si no gano?

Si no pediste reserva de postura, al concluir el período de pujas. Si la pediste, cuando la autoridad gestora adjudique la subasta y se lo comunique al Portal; el Portal no puede indicar un plazo exacto.

¿Cuándo se pierde el depósito?

Si ganas y no pagas el resto en plazo, si pujas en nombre de otro y no acreditas la representación a tiempo en una subasta judicial, o si eres el tercero que presenta el deudor y no pagas en diez días. Perder la subasta no te hace perder el depósito.

¿Puedo ingresar el depósito por transferencia o con tarjeta?

No. Solo se puede constituir desde el Portal de Subastas, con una cuenta de la que seas titular o autorizado en una entidad colaboradora de la Agencia Tributaria. La normativa del Portal no contempla otro medio.

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